martes, marzo 18, 2025
spot_imgspot_img

Últimos Posts

Ecuador tendrá en 2015 ocho feriados nacionales

(Ecuador).- Un total de ocho feriados nacionales tendrá Ecuador en el 2015, los mismos que fueron regulados por el Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, mediante Decreto Ejecutivo No. 1162 suscrito en mayo del 2012. El mencionado Decreto sistematiza los días de descanso en el país hasta el 2015, con el propósito de que los ecuatorianos conozcan primero Ecuador; así como también para fomentar el turismo como una de las principales actividades dinamizadoras de la economía ecuatoriana.

Así, el primer feriado es el de Año Nuevo que va del jueves 1 al domingo 4 de enero. Este incluye un puente vacacional viernes 2 de enero. El segundo será el de Carnaval, que iniciará el sábado 14 de febrero y terminará el martes 17 de febrero. El tercer feriado será el Viernes de Semana Santa, 3 de abril; el cuarto será el viernes 1 de Mayo que corresponde al Día Internacional del Trabajo; el quinto será el lunes 10 de agosto, que se rememora el primer grito de la independencia; el sexto, al 9 de octubre que corresponde a la Independencia de Guayaquil; el séptimo, lunes 2 y martes 3 de noviembre, que se recuerda el Día de Difuntos y la Independencia de Cuenca; y, el octavo, el viernes 25 de diciembre por Navidad.

El 24 de mayo que se conmemora la Batalla de Pichincha. También es una fecha que forma parte del Calendario de Feriados, pero en este año su conmemoración será al domingo 24, por lo cual no se contabiliza como un feriado de descanso. De esta manera, en el 2015 el calendario tendrá tres feriados de cuatro días incluidos fines de semana: Año Nuevo; Carnaval; y, 2 y 3 de noviembre y cinco de tres días, contabilizados igualmente con los fines de semana.

feriados-ecuador

De los ocho feriados nacionales dos de ellos, Año Nuevo y Carnaval, se recuperarán sus jornadas laborales de la siguiente manera: el 10 de enero por el 2 de enero declarado puente vacacional; y el 21 y 28 de febrero por el 16 y 17 de febrero (Carnaval), de acuerdo con lo que señala el artículo 3 del mencionado Decreto. El resto de feriados son días de descanso y sus jornadas laborales no son recuperables.

Es importante señalar que el Decreto Ejecutivo No. 1162 suscrito en mayo de 2012 por el Presidente de la República, Rafael Correa, permitió al Ministerio de Turismo entregar oportunamente a los ecuatorianos y a la industria turística, el calendario de feriados nacionales 2012-2015, para que planifiquen con tiempo sus desplazamientos y atención durante el año. El mencionado calendario rige obligatoriamente para los trabajadores y servidores públicos del país; mientras que “el sector privado podrá acogerse a estos descansos, según lo determine”, pues así lo establece el artículo 4 del Decreto Ejecutivo 1162. (turismo.gob.ec)

Latest Posts

No puedes perderte